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Reagrupación familiar
Si eres extranjero y resides en España desde hace un poco más de un año y has renovado tu autorización de residencia inicial, podrás iniciar el trámite de reagrupación familiar.
La posibilidad de lograr reagrupación familiar es una de las metas más importantes de muchos de los inmigrantes en España, que han sido separados de sus familias como consecuencia de la partida de uno de los padres, cónyuges o hijos.
Si además deseas conocer el paso a paso sobre este procedimiento, pues de alguna manera te gustaría tener la posibilidad de reagrupar a tu familia para que residan legalmente en el país, has llegado al sitio indicado.
Hemos preparado para ti la mejor información sobre la reagrupación familiar España, porque la familia es lo primero y la unión es lo más importante.
¿En qué consiste la reagrupación familiar?
Es un procedimiento de extranjería a través del cual se permite a un ciudadano que disponga de permiso de residencia en España a traer a sus familiares más cercanos, otorgándoles un permiso de residencia.
Aunque para ello deberás tener en cuenta que solo podrán iniciar el trámite aquellos extranjeros residentes en España con su autorización de residencia inicial renovada al menos una vez, pues es importante disponer un permiso de residencia renovado.
Por otro lado, una de las reglas principales e indispensables para realizar la reagrupación familiar, es el hecho de demostrar que esta persona solo depende de ti económicamente.
Adicionalmente, también solicitarán que demuestres si dispones de los medios adecuados y suficientes para subsistir y atender los gastos de la familia.
Podrán reagruparse los hijos menores de 18 años o mayores, pero que aún sea dependientes económicamente por alguna discapacidad, y su cónyuge.
Algunas preguntas frecuentes para reagrupar a tu familia en España en régimen general
Generalmente, surgen muchas dudas y la mayoría de las personas comúnmente se preguntan si pueden reagrupar a toda su familia, lo cual no es posible, ya que únicamente se podrán reagrupar los familiares más cercanos.
Es decir, tus padres, hijos, así como también los hijos de tu pareja, tus suegros, y tu pareja o cónyuge.
El procedimiento para reagrupar familias en España siempre es el mismo, solo que en algunos casos pueden varían los requisitos, pues estos son específicos según el familiar a reagrupar.
Procedimiento para reagrupar a los hijos
Lo primero que debes tener en cuenta es que solo podrás reagrupar hijos menores de 18 años, aunque también podrás reagrupar a tus hijos mayores de 18 años en el caso de solicitar un reagrupación familiar comunitaria, pero solo sería hasta 21 años.
Para este caso es importante demostrar que los hijos están estudiando y que, por tanto, aunque dependen económicamente del reagrupante, al estar trabajando no será posible.
Una excepción para sobrepasar el límite de 21 años sería en caso de que el hijo tenga una minusvalía que pueda demostrar y sea motivo para estar a cargo de sus padres.
Adicionalmente, como requisito para reagrupar a un hijo, deberás demostrar que realmente es tu hijo, por lo que para ello deberás aportar el certificado de nacimiento al momento de realizar la solicitud.
Por último, también deberás demostrar los envíos de dinero realizados durante los últimos años como muestra de dependencia.
Procedimiento para reagrupar al cónyuge
Es posible reagrupar a tu cónyuge, pues el reglamento de extranjería así lo establece en su artículo 53.b, así como también es posible reagrupar a cualquier persona con la que mantengas una relación conyugal, tu pareja o incluso tu concubino/a.
También se podrán reagrupar parejas civiles o cónyuges de sexos opuestos, así como también parejas del mismo sexo. Lo importante será disponer del certificado de matrimonio o el registro de la pareja, como testimonio el vínculo afectivo.
También es importante demostrar que no se trata de un caso de pareja por conveniencia, por lo que deberás demostrar contrato de alquiler o un certificado de empadronamiento conjunto.
Procedimiento para reagrupar a la madre, padre o suegros
Este puede llegar a convertirse en uno de los casos más complejos de reagrupaciones familiares, pues los requisitos generalmente son bastante estrictos.
En primer lugar, los ascendientes a ser reagrupados, es decir, los padres o suegros, deben obligatoriamente ser mayores de 65 años y a su vez estar su cargo, además de existir motivos de fuerza mayor, como la necesidad de requerir cuidados para reagruparles.
Así mismo, también deberá demostrar el envío de dinero de los últimos meses de parte de reagrupante al reagrupado, para comprobar que ha estado a cargo de los gastos de los suyos.
Además, el reagrupante deberá cumplir otros requisitos para poder reagrupar a sus padres: deber haber residido al menos de 5 años en España.
También deberá aportar al momento de la solicitud su certificado de nacimiento, esto para demostrar el vínculo familiar.
En el caso de reagrupar a los suegros deberá aportar el certificado de nacimiento de la pareja, o el certificado de matrimonio.
¿Es posible reagrupar a un hermano?
Inicialmente no es posible reagrupar a hermanos mediante la reagrupación familiar, aunque si deseas traer a España tu hermano a hermana, podrás realizarlo a través de la reagrupación familiar comunitaria por familia extensa.
Mediante este trámite podrás reagrupar a otros familiares, como los familiares directos y ascendientes y descendientes de primer grado, abuelos, hermanos, sobrinos, nietos, cónyuge o pareja.
Casos de reagrupación familiar comunitaria
En el caso de que el reagrupante sea europeo, se realiza lo que se conoce como reagrupación familiar comunitaria, y es así como recibe por nombre de forma errónea el permiso como familiar de comunitario.
Este permiso tiene algunas diferencias en comparación a la reagrupación familiar, aunque ambas tienen el mismo objetivo: traer a su familia a vivir a España legalmente.
Documentos y requisitos para la reagrupación familiar
Es importante conocer todos los requisitos, pues es fundamental para garantizar el éxito de la solicitud, además de conocer y cumplir todos los aspectos legales.
Uno de los requisitos básicos y al mismo tiempo fundamental e importante, es no tener antecedentes penales y en caso de que el reagrupado sea mayor de edad deberá disponer del certificado de antecedentes penales.
Es importante que el familiar reagrupado no registre antecedentes penales, ni en España ni en ningún país donde haya residido los últimos años.
De igual forma, es importante que el reagrupante no se encuentre de forma irregular en el país, por lo que debe disponer de una tarjeta de residencia vigente.
Así mismo, el reagrupando deberá disponer de su pasaporte y la persona que reagrupa a su familia, pasaporte y tarjeta de residencia.
Por otro lado, ninguno puede ser ciudadano comunitario, o contar con la nacionalidad de un país Europeo, pues esto así encuentra establecido en la ley de extranjería.
Del mismo modo, es indispensable que el reagrupante tenga como mínimo 12 meses viviendo en territorio español, además de haber conseguido la primera renovación de su tarjeta de residencia inicial.
Otro de los requisitos es demostrar mediante un informe que el reagrupado dispone de una vivienda apta y reúne todas condiciones necesarias para que el reagrupado pueda vivir dignamente.
Uno de los requisitos que quizás sea de los más importantes serán los medios económicos, tanto del reagrupante como del reagrupado.
Y es que el reagrupante deberá demostrar que posee los medios económicos para hacerse cargo del reagrupado.
Mientras que por parte del reagrupado que realmente necesita ser reagrupado, este debe tener seguro médico privado como extranjero o prueba de suscripción en el sistema de seguridad social.
El reagrupante deberá demostrar que posee básicamente el equivalente o superior al 150% del IPREM para un familiar, en caso de traer otro familiar deberás sumar el 50% por cada familiar.
Por otro lado, no deberás preocuparte por aportar los documentos originales, pues no será necesario, ya que estos serán solicitados al momento de conseguir el visado, en extranjería una copia será suficiente.
Además, deberás aportar un contrato de trabajo. Si eres de los que trabaja por cuenta propia solo deberás aportar la última declaración del IRPF.
¿Cuánto tarda este procedimiento de reagrupación familiar?
Generalmente, el proceso de reunificación familiar tarda unos 6 meses aproximadamente de principio a fin, aunque todo dependerá de diversos factores.
Entre ellos, el tiempo de la cita de la oficina de extranjería o el tiempo que tarden en responder a la solicitud del visado en el consulado.
¿Cómo entender el procedimiento de reagrupación familiar fácilmente?
El reagrupado principalmente deberá pedir cita en la oficina de extranjería e iniciar la solicitud, y con ello aportar el modelo EX-02, además del resto de los documentos.
Dicha solicitud tardará 3 meses aproximadamente para generar una respuesta. En caso de no recibirla puedes considerar que la solicitud fue denegada.
En caso de recibir una respuesta positiva, el reagrupado deberá solicitar en el consulado Español del país de origen de su respectivo visado.
Este recibirá su visado, después de 2 meses de espera aproximadamente y deberá ingresar en España en un plazo no mayor a 3 meses. Una vez dentro del país solo dispondrá de 1 mes para solicitar su TIE o tarjeta de residencia.